Renovación de exención de patente
Municipalidad

Renovación de exención de patente

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Este trámite depende de: Dirección Atención al Contribuyente
OPCIONES PARA REALIZAR ESTE TRÁMITE
  • Presencial
  • Web

Solicitud de exención o no afectación a contribución de patente

DETALLE

Este trámite se realiza enviando la documentación solicitada al correo institucional: inforentas@providencia.cl.

Está dirigido a contribuyentes personas naturales o jurídicas que realicen las siguientes actividades, acogidos a exención o no afectación de contribución de patente:

  • Actividades de transporte de pasajeros (Art. 12 DL Nº 3.063/79)
  • Actividades primarias o extractivas (Art. 23 DL Nº 3.063/79)

Personas jurídicas sin fines de lucro (Art. 27 DL Nº 3.063/79)

Este trámite se realiza en el Departamento de Rentas, mediante correo electrónico, adjuntando la documentación solicitada que se encuentra detallada en la sección “Documentos Necesarios”, la cual debe ser enviada al correo institucional: inforentas@providencia.cl

Para orientar y guiar su trámite, disponemos de atención presencial en los siguientes horarios:

Horario de atención con entrega de Ticket:

• Lunes a Jueves 08:30 a 13:30 y 15:00 a 17:00 horas
• Viernes 08:30 a 13:30 y 15:00 a 16:00 horas

Dirección: Pedro de Valdivia 963, Providencia.

Contribuyentes personas naturales o jurídicas que realicen las actividades descritas previamente, acogidos a exención o no afectación de contribución de patente.

Consideración importante:

Para realizar su trámite, debe considerar lo siguiente:

Para solicitar la renovación de exención anual de la contribución de Patente Municipal, conforme a lo dispuesto en los Artículos 12, 23 y 27 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, el contribuyente deberá presentar la siguiente documentación según tipo de Exención solicitada.

  1. PRESENTACIÓN

Documento fundamental para formalizar la solicitud de Renovación de Exención.

a) Carta solicitud de Renovación de Exención de Impuesto de Patente. (Esta carta debe ser presentada según corresponda su solicitud, es decir, Artículo 12, 23 o 27 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.).

b) La carta debe ser firmada tanto por el representante legal, como por el contador de la empresa, ya sea a mano alzada (de manera legible) o mediante firma electrónica avanzada, a través de un medio que permita su verificación. (No se aceptan firmas incompletas, escaneadas, recortadas, insertadas como imagen ni firmas digitales simples)

2. ACREDITACIÓN PARA RENOVAR EXENCIÓN

Documentos específicos según Exención.

I.ACTIVIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS (ART. 12 DL Nº 3.063/79):

a) Declaración de Impuesto a la Renta del año tributario en curso (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos).
b) Balance General al 31 de diciembre del último año comercial. (Solo si procede)
c) Determinación del Capital Propio Tributario al 01 de enero del año curso. (Solo si procede)
d) Determinación de la Renta Líquida imponible del año tributario en curso.

II.ACTIVIDADES PRIMARIAS O EXTRACTIVAS (ART. 23 DL Nº 3.063/79)

Actividades Mineras:

a) Certificado emitido por la Municipalidad en donde se ubica la Actividad Primaria, indicando la actividad que desarrolla y si paga Patente. Vigencia 90 días.
b) Informe a la Secretaría Regional Ministerial de Minería sobre el tipo de trabajo que realiza la compañía minera en sus yacimientos.
c) Patentes de Explotación mineras.
d) Declaración de Impuesto a la Renta del año tributario en curso (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos).
e) Balance General al 31 de diciembre del último año comercial.
f)  Determinación de Capital Propio Tributario al 01 de enero del año curso.

Actividades Agrícolas y/o Forestales:

a) Certificado emitido por la Municipalidad en donde se ubica la Actividad Primaria, indicando la actividad que desarrolla y si paga Patente. Vigencia 90 días.
b) Declaración de Impuesto a la Renta del año tributario en curso (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos).
c) Balance General al 31 de diciembre del último año comercial.
d) Determinación de Capital Propio Tributario al 01 de enero del año curso.

III. PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO (ART. 27 DL Nº 3.063/79)

Corporaciones y Fundaciones:

  1. Copia simple de las modificaciones que ha tenido, si las hubiere
  2. Vigencia de Persona Jurídica sin fines de lucro, con vigencia de 60 días (Registro Civil)
  3. Directorio de Persona Jurídica sin fines de lucro, con vigencia de 60 días (Registro Civil)
  4. Balance General al 31 de diciembre del último año comercial.
  5. Determinación de Capital Propio Tributario al 01 de enero del año curso.
  6. Declaración de Impuesto a la Renta del año tributario en curso (Formulario N° 22 Compacto y Certificado Solemne emitidos por el Servicio de Impuestos Internos).
  7. Declaración Jurada 1945, Declaración Jurada Anual sobre ingresos, desembolsos y otros antecedentes de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (Solamente las personas jurídicas sin fines de lucro, inscritas en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro del Servicio de Registro Civil e identificación - Ley N° 20.500)

No tiene costo.

  1. Presentación de documentación para la renovación en el Departamento de Rentas.

  2. Revisión de antecedentes tributarios.

  3. Emisión del Decreto de renovación de exención.

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